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Legal y Fiscal 5 min 833

Impuestos al heredar un inmueble en Galicia: guía para extranjeros

Impuesto de Sucesiones en Galicia: visión general

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es un tributo cedido a las comunidades autónomas. En Galicia, la normativa es particularmente favorable para los herederos, con una bonificación del 99% para los grupos I y II (descendientes, cónyuges y ascendientes). Esto convierte a Galicia en una de las regiones más ventajosas de España para recibir una herencia inmobiliaria.

Para los extranjeros que heredan un inmueble en Galicia, es fundamental entender que el ISD se liquida ante la Agencia Tributaria Gallega (ATG), no ante la AEAT estatal, cuando el causante tenía su residencia fiscal en Galicia.

Clasificación por grupos (I-IV)

El ISD clasifica a los herederos en cuatro grupos según el parentesco:

GrupoParentescoBonificación GaliciaEjemplo
Grupo IDescendientes menores de 21 años99%Hijo de 18 años
Grupo IIDescendientes mayores de 21, cónyuges, ascendientes99%Hija de 35 años, viuda
Grupo IIIHermanos, sobrinos, tíos50%Hermano del fallecido
Grupo IVGrado de parentesco más lejano o sin parentesco0%Primo lejano, amigo

La bonificación del 99% en Grupos I y II significa que, en la práctica, heredar un piso de 150.000€ en Cee de tu padre solo pagarías unos 150€ de ISD en Galicia. En otras comunidades como Asturias o Cantabria, la factura podría superar los 10.000€.

Formularios: Modelo 650 y 651

Para liquidar el ISD debes presentar los siguientes formularios:

  • Modelo 650: autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones. Se presenta ante la ATG si el causante residía en Galicia.
  • Modelo 651: autoliquidación cuando la documentación se presenta en un notario diferente al del lugar de residencia del causante.

Documentación necesaria:

  1. Certificado de defunción (del Registro Civil)
  2. Certificado de últimas voluntades (Registro General de Actos de Última Voluntad, Madrid)
  3. Testamento o declaración de herederos
  4. Escritura de la propiedad (del Registro de la Propiedad)
  5. Nota simple actualizada del Registro de la Propiedad
  6. Justificante de pago del IBI del último ejercicio
  7. Certificado de empadronamiento del causante

Plazos: los 6 meses decisivos

El plazo para liquidar el ISD es de 6 meses desde el fallecimiento. Este plazo puede prorrogarse por otros 6 meses más si se solicita antes de que finalice el primer período.

Advertencia: no presentar a tiempo conlleva recargos del 5 al 20% según el retraso. Presenta siempre a tiempo, incluso si es una declaración complementaria.

Para extranjeros, esto es especialmente importante ya que gestionar la documentación desde el extranjero requiere tiempo adicional. Recomendamos iniciar los trámites en el primer mes.

Valoración del inmueble

La base imponible del ISD se calcula sobre el valor real del inmueble. Existen tres métodos de valoración:

MétodoDescripciónCuándo usar
Valor de mercadoPrecio que alcanzaría en venta voluntariaMétodo principal
Valor catastralEl del catastro multiplicado por coeficienteReferencia mínima
Valor comprobadoEl que fija la administración si discrepanciaSi la ATG no acepta tu valoración

Ejemplo práctico: una casa en Fisterra con valor catastral de 60.000€. El coeficiente multiplicador en Galicia suele ser de 1,2 a 2,0, por lo que el valor comprobable sería de 72.000-120.000€. Si declaras 80.000€ como valor de mercado y la ATG lo acepta, la base imponible será de 80.000€.

Aceptar vs renunciar a la herencia

Como heredero, tienes tres opciones:

  1. Aceptar pura y simplemente: asumes todos los activos y pasivos (deudas). La más común si el inmueble vale más que las deudas.
  2. Aceptar a beneficio de inventario: solo respondes con los bienes heredados, no con tu patrimonio personal. Recomendable si hay dudas sobre deudas.
  3. Renunciar: no aceptas nada. Tiene sentido si las deudas superan el valor del inmueble. Debe hacerse ante notario.
Importante para extranjeros: renunciar a una herencia puede tener implicaciones fiscales en tu país de residencia. Consulta con un asesor fiscal internacional antes de renunciar.

Herencias con herederos no residentes

Si el heredero no reside en España, la situación varía según su residencia fiscal:

  • Heredero en la UE/EEE: puede acogerse a la normativa autonómica de Galicia (99% de bonificación) desde la sentencia del TJUE de 2014 que eliminó la discriminación por residencia
  • Heredero fuera de la UE: la normativa estatal aplica sin la bonificación autonómica, salvo que exista convenio que disponga lo contrario
  • Modelo 600: además del ISD, debe liquidarse el incremento patrimonial mediante Modelo 600 si no se aplica la bonificación

Doble imposición y tratados internacionales

España tiene convenios de doble imposición con más de 90 países. Los más relevantes para herencias en Galicia:

PaísTratadoAspecto clave
Reino UnidoConvenio de doble imposición sobre sucesiones (hasta Brexit)Inmuebles en España tributan en España
AlemaniaDBA-ErbschaftsteuerCrédito fiscal por impuesto pagado en España
FranciaConvention fiscaleMétodo de exención con progresividad

Tras el Brexit, el Reino Unido ya no tiene aplicación automática del régimen de la UE. Los herederos británicos deben verificar su situación específica con un asesor especializado.

Pasos prácticos y errores comunes

Pasos recomendados para heredar un inmueble en Galicia:

  1. Mes 1: obtener certificado de defunción y de últimas voluntades
  2. Mes 1-2: acudir a un notario en Galicia para aceptar la herencia
  3. Mes 2-3: obtener nota simple y valorar el inmueble
  4. Mes 3-4: preparar y presentar el Modelo 650 ante la ATG
  5. Mes 4-5: pagar el ISD (si aplica)
  6. Mes 5-6: inscribir la herencia en el Registro de la Propiedad

Errores más comunes:

  • No solicitar prórroga: si necesitas más tiempo, solicítalo antes de los 6 meses
  • Valorar demasiado bajo: la ATG puede comprobar y aplicar sanciones
  • Olvidar impuestos locales: tras heredar, serás responsable del IBI y plusvalía futura
  • No inscribir en el Registro: sin inscripción, no puedes vender o hipotecar
  • No considerar las deudas: acepta a beneficio de inventario si hay deudas desconocidas

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Escrito por Cristina Vázquez

Agente inmobiliaria en Corcubión con más de 10 años de experiencia en el mercado de la Costa da Morte.

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