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Legal & Fiscal 5 min 989

Impuestos para propietarios extranjeros en Galicia: guía fiscal completa 2025

Resumen de impuestos para propietarios extranjeros en Galicia

Como propietario extranjero de un inmueble en Galicia, estás sujeto a varias obligaciones fiscales españolas. La buena noticia es que España tiene convenios de doble imposición con más de 90 países, lo que evita que pagues impuestos dos veces por los mismos ingresos. A continuación, desglosamos cada impuesto aplicable con ejemplos concretos para propiedades en A Coruña, Vigo, Santiago de Compostela y la Costa da Morte.

IRNR: Impuesto sobre la Renta de No Residentes

El IRNR es el impuesto más importante para los propietarios extranjeros no residentes. Grava los ingresos obtenidos en territorio español y se aplica de forma diferente según el uso del inmueble:

  • Inmueble vacío o uso propio: Se aplica una imputación de ingresos del 1,2 % sobre el valor catastral (2 % si el valor catastral no ha sido revisado en los últimos 10 años). Tipo impositivo del 19 % para ciudadanos de la UE/EEE y del 24 % para el resto.
  • Inmueble alquilado: Se tributa por el rendimiento neto del alquiler (ingresos menos gastos deducibles). Tipo del 19 % para UE/EEE y 24 % para terceros países.
Ejemplo: Si tu piso en A Coruña tiene un valor catastral de 120.000 € y lo usas personalmente, pagarás 120.000 × 1,2 % × 19 % = 273,60 €/año de IRNR.

Los gastos deducibles en caso de alquiler incluyen: IBI, seguros, reparaciones, intereses hipotecarios, gastos de comunidad y amortización del inmueble (hasta un 3 % anual del valor de construcción).

IBI: Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El IBI es un impuesto local obligatorio que pagan todos los propietarios, residentes o no. Lo recauda el ayuntamiento donde se ubica la propiedad:

MunicipioTipo IBIEjemplo (valor catastral 100.000 €)
A Coruña0,40 – 0,55 %400 – 550 €/año
Vigo0,38 – 0,52 %380 – 520 €/año
Santiago de Compostela0,35 – 0,48 %350 – 480 €/año
Corcubión0,30 – 0,45 %300 – 450 €/año
Fisterra0,28 – 0,42 %280 – 420 €/año

El IBI se paga anualmente, generalmente entre septiembre y noviembre. Puedes domiciliarlo en tu cuenta bancaria española para evitar retrasos y recargos.

Plusvalía municipal: Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos

La plusvalía municipal se paga al vender o transmitir una propiedad. Grava el incremento de valor del suelo durante el periodo de tenencia:

  • Base imponible: Se calcula sobre el valor del suelo según el catastro multiplicado por un coeficiente que depende de los años de tenencia (del 0,14 para 1 año al 0,45 para 20+ años)
  • Tipo impositivo en Galicia: Generalmente entre el 26 % y el 30 % según el municipio
  • Bonificación: Muchos ayuntamientos gallegos ofrecen bonificaciones del 50-95 % para transmisiones de viviendas habituales
Desde 2021, existe una modalidad opcional que calcula la plusvalía sobre la ganancia real (diferencia entre precio de compra y venta), lo que puede resultar más favorable en zonas donde el suelo ha perdido valor, como algunos municipios de la Costa da Morte.

Impuesto sobre el Patrimonio

Galicia aplica el impuesto sobre el patrimonio a no residentes con bienes inmuebles en la comunidad autónoma. Los puntos clave:

  • Mínimo exento: 700.000 € para residentes; sin mínimo exento garantizado para no residentes (depende del convenio)
  • Tarifa: Progresiva desde el 0,20 % hasta el 2,50 % para patrimonios superiores a 10 millones de euros
  • Exención de vivienda habitual: Hasta 300.000 € para residentes; no aplica a no residentes
Importante: Si tu único bien en España es una vivienda de 150.000 € en Cee, lo más probable es que no superes el mínimo exento. Pero si acumulas varias propiedades, es imprescindible planificar.

Convenios de doble imposición

España tiene firmados convenios de doble imposición (CDI) con más de 90 países. Estos convenios determinan qué país tiene derecho a gravar cada tipo de renta:

  • Reino Unido: Las rentas inmobiliarias pueden gravarse en España (máximo 19-24 %). El Reino Unido concede un crédito fiscal por lo pagado en España.
  • Alemania: España grava las rentas inmobiliarias. Alemania exime o concede crédito fiscal.
  • Francia: Similar a Alemania. Las plusvalías inmobiliarias se gravan en el país donde está la propiedad.
  • Países Bajos: España grava. Los Países Bajos conceden crédito fiscal o exención.
  • EEUU: España grava. EEUU concede crédito fiscal (Foreign Tax Credit).
Nota: Si eres residente fiscal en un país de la UE/EEE, el tipo IRNR se reduce al 19 % en lugar del 24 %. Esta es una ventaja significativa para ciudadanos europeos.

Obligaciones de declaración y plazos

Las obligaciones fiscales y sus plazos son las siguientes:

  1. Modelo 210 (IRNR): Declaración trimestral (abril, julio, octubre, enero) para alquileres. Anual (1 de enero a 30 de junio del año siguiente) para imputación de ingresos.
  2. IBI: Pago anual domiciliado, generalmente en otoño.
  3. Modelo 211: Retención sobre rentas pagadas a no residentes (si tú alquilas a un no residente).
  4. Impuesto sobre el Patrimonio: Declaración entre abril y junio del año siguiente si el patrimonio supera el mínimo exento.

Estrategias legales de optimización fiscal

Existen estrategias completamente legales para minimizar tu carga fiscal en Galicia:

  • Constituir residencia fiscal en España: Si pasas más de 183 días al año en España, pasas a ser residente fiscal con un mínimo exento de patrimonio y deducciones personales.
  • Deducir gastos de alquiler: IBI, seguro, comunidad, reparaciones, intereses hipotecarios y amortización (3 % anual) reducen tu base imponible.
  • Optar por la plusvalía real: Si el suelo ha bajado de valor, elige la modalidad de ganancia real en lugar del cálculo objetivo.
  • Bonificaciones municipales: Infórmate en tu ayuntamiento. Muchos pueblos de la Costa da Morte ofrecen bonificaciones del 50-95 % para rehabilitación de viviendas.
  • Planificación sucesoria: La normativa gallega ofrece bonificaciones significativas en herencias entre familiares directos (grupos I y II).

Cómo puedo ayudarte con tus obligaciones fiscales

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CV

Escrito por Cristina Vázquez

Agente inmobiliaria en Corcubión con más de 10 años de experiencia en el mercado de la Costa da Morte.

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